Infancias y Género

ℹ️ Hay Muchas Maneras de Vivir la Niñez, Respetemos las Infancias en Toda su Diversidad
Cuando hablamos de género, o de identidad de género, nos referimos a una construcción sociocultural sobre los roles, comportamientos y atributos determinados socialmente en función del sexo biológico. ¿Qué significa? Bueno, que el sexo asignado al nacer (femenino-masculino) no determina la identidad porque el género, se constituye como un factor estructurante en la vida de niños, niñas y adolescentes, y determina a lo largo de su vida, oportunidades, elecciones, vivencias e intereses. La identidad de género no debe confundirse con orientación sexual.
🎉 El Juego entra en Juego
Los múltiples enfoques del juego posibilitan ensayar modos de habitar la vida cotidiana, desarrollar roles distintos a los que suelen ser asignados, crear escenarios e imaginar otros posibles. El jugar permite poner en escena la perspectiva de niñas, niños y adolescentes desde un lenguaje que le es propio y, a partir de sus prácticas lúdicas, reproducir formas de pensar las relaciones de género y, a la vez, interpretarlas. Tanto el juego, como el material lúdico son sumamente importantes para la construcción de las subjetividades de las infancias, y se juega con las canciones, con el propio cuerpo, con la naturaleza, con las palabras, en familia, con amigas y amigos.
🟣 Quien juega puede habitar y generar nuevos órdenes; puede también tener distintas profesiones y oficios, todo nuevo rol es posible cuando se juega
🟣 Los juguetes no tienen género
🟣 Mientras el niño, la niña o el adolescente juega, se apropia y transforma el mundo que lo rodea
🟣 No todas las infancias y adolescencias juegan de la misma manera, a las mismas cosas o con los mismos materiales
La identidad de género es un derecho y corresponde a la vivencia interna e individual de género tal como cada persona la siente profundamente, la cual podría corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento.
📃 La ley de identidad de género (26.743) vigente en Argentina desde mayo de 2012, permite que se realicen cambios registrales de niños, niñas y adolescentes y en su artículo 5° plantea que: "Art. 5° - Personas menores de edad. Con relación a las personas menores de dieciocho (18) años de edad la solicitud del trámite a que refiere el artículo 4º [rectificación registral del sexo, el cambio de nombre de pila e imagen] deberá ser efectuada a través de sus representantes legales y con expresa conformidad del menor, teniendo en cuenta los principios de capacidad progresiva e interés superior del niño/a (…) Asimismo, la persona menor de edad deberá contar con la asistencia del abogado del niño prevista en el artículo 27 de la ley 26.061. Cuando por cualquier causa se niegue o sea imposible obtener el consentimiento de alguno/a de los/as representantes legales del menor de edad, se podrá recurrir a la vía sumarísima para que los/as jueces/zas correspondientes resuelvan, teniendo en cuenta los principios de capacidad progresiva e interés superior del niño/a (...)"
🔧 Herramientas para el abordaje de situaciones relacionadas con identidad de género y orientación sexual
🟢 Respete la preferencia de niñeces y adolescencias en cuanto a cómo quieren que se les nombre o se los identifique.
🟢 Reconozca los procesos de identidad de género y orientación sexual sin calificativos o nombres peyorativos. El ser reconocida y tratada de acuerdo con su identidad es un derecho (Ley 26.743)
🟢 No genere juicios de valor frente a los roles de hombres y mujeres, ni reproduzca estereotipos que atentan contra la diversidad sexual y la dignidad humana.
🟢 Reconozca, en conjunto con las niñeces y adolescencias, el contexto y las vivencias del género, propiciando espacios de conversación en los que se resignifiquen prejuicios o imaginarios relacionados.
🟢 Cuide el lenguaje como medio principal de comunicación. Es muy importante no generar comentarios sexistas o que pongan en desventaja a las personas por su identidad de género u orientación sexual.
🟢 Realice procesos de acompañamiento y orientación basados en los derechos y en la normatividad que da soporte a la vivencia del género desde los principios de igualdad y libertad (Ley 26.618, Ley 26.743).
🟢 Recuerde que en muchas ocasiones los procesos de identidad de género y orientación sexual se acompañan de cambios corporales o funcionales.
🟢 No generalice los procesos de identidad de género y orientación sexual como conflictivos ya que muchas niñeces y adolescencias viven estos procesos con apoyo de su familia y con una orientación adecuada, formando parte de su desarrollo natural.
🟢 El rol de las familias en estas situaciones es central. Cuando alguien manifiesta a temprana edad no sentirse identificado/a con el género asignado al nacer, el primer lugar donde emergen manifestaciones es en la familia o en el grupo de contención afectivo primario.
👉 Recuerde que el enfoque de género permite:
🟠 Comprender las realidades de las personas y los grupos humanos, entre ellos las infancias y adolescencias.
🟠 Visibilizar la forma en que el género puede afectar las decisiones y el acceso a oportunidades.
🟠 Explicar la manera de resolver situaciones problemáticas de las personas, infancias y adolescencias.
🟠 Generar intervenciones que aporten a la igualdad de género desde la cotidianidad.
🟠 Advertir el padecimiento que niñas, niños y adolescentes transitan cuando sus deseos son rechazados y sus derechos no reconocidos
🟠 Vincular; el acompañamiento desde el afecto, sin acciones coercitivas, serán herramientas para que los derechos adquiridos no sean vulnerados.
🧑⚕️👩⚕️ Equipo de Salud OSTel